La Ley N° 18.381 decreta el "Derecho de acceso a la información pública" con el objetivo de promover la transparencia de la función administrativa de todo organismo para garantizar el derecho fundamental de las personas al acceso a la información pública.

 

El Banco de la República Oriental del Uruguay procura garantizar el pleno cumplimiento de la normativa que lo rige, promoviendo también la transparencia de su gestión en su condición de Banco Oficial.

 

A esta reglamentación le corresponden también excepciones establecidas por ley, de informaciones reservadas, confidenciales o secretas.

 

Acceso a la Información Pública:

 

Las solicitudes electrónicas de “Acceso a la Información Pública” ante esta Institución, se realizarán únicamente ingresando a http://solicitudes.gub.uy/

 

En caso de presentar la solicitud en formato papel, la misma deberá contener la siguiente información:

 

  • Identificación del solicitante, su domicilio y una forma de comunicación.
  • Descripción clara de la información requerida, cualquier otro dato que facilite su localización y el soporte de información preferido.

 

Contacto:

 

La Unidad Coordinación de Información Corporativa está a cargo del Acceso a la Información Pública. El responsable en lo que respecta a los aspectos exigidos por la normativa es el Lic. Leonardo Novo

 

Ver Designación

 

  • Correo electrónico: informacioncorporativa@brou.com.uy

 

Fecha de última actualización: esta página se actualiza mensualmente.