• 1 - La comisión de administración grava en forma mensual a cada una de las cuentas que el cliente de Banca Financiera tenga abierta en el Banco o cuya apertura se solicite en el futuro.
  • 2 - La comisión de administración es de U$S 100 (Dólares americanos: cien) o su equivalente en moneda nacional o euros, según corresponda.
  • 3 - Asimismo, las referidas cuentas deben abonar un importe de U$S 1 (Dólares americanos: uno), o su equivalente en moneda nacional o euros, por cada movimiento que registren. Se entiende por MOVIMIENTO a las transferencias, retiros y depósitos. Se exonera de dicho cobro los primeros 25 movimientos.
  • 4 - Tanto la comisión de administración, así como el cargo por movimiento, se debitan de las respectivas cuentas el último día hábil del mes.
  • 5 - Los importes mínimos de apertura son de $ 10.000, U$S 500 y € 500 tanto para cajas de ahorro como para cuentas corrientes.
  • 6 - En caso de que la caja de ahorro se cancele durante el lapso transcurrido desde la apertura hasta los tres meses siguientes se cobrará $ 500, U$S 20, o € 20, según moneda de la cuenta, por concepto de comisión por cancelación anticipada.
  • 7 - La comisión por pregiro es de UI 200 o su equivalente en Dólares americanos, al tipo de cambio interbancario cierre del día anterior, según corresponda.
  • 8 - La constitución y utilización de la carta orden permanente no tiene costo.
  • 9 - Los costos correspondientes a: emisión de chequeras, letras de cambio, cheques certificados, cheques devueltos, envíos de estados de cuenta (listados y correo electrónico), billetes deteriorados y cofres de seguridad son los mismos que aplican a las empresas que no desarrollan actividades financieras.
  • 10 - La Comisión por manejo de efectivo grava las transacciones realizadas, según el siguiente detalle:
    • 0,20% aplicable sobre el importe de las transacciones en efectivo (retiros en efectivo, depósitos en efectivo y pago de cheques por caja), realizado por cualquiera de los canales del Banco (caja, autómatas bancarios y corresponsales)
    • La Comisión por Manejo de Efectivo complementará a la comisión por exceso de movimientos y se aplicará independientemente del importe de la transacción.
    • La comisión se cobrará a la cuenta de la que se retire o en la que se deposite el efectivo, debitándose al final de la jornada.
    • En dólares USA, las transferencias interbancarias que a solicitud expresa del cliente deban compensarse en el BCU en dólares billete, estarán sujetas al cobro de Comisión por Manejo de Efectivo.
    • A partir del 1 de octubre de 2020, la Comisión por manejo de efectivo grava las transacciones realizadas, según el siguiente detalle:
      • Depósitos - 0,20%
      • Retiros - 0,50%
  • 11 - Comisión por Tenencia de EUROS
    • Aplica a Cajas de Ahorro en Euros
    • Valor de la comisión: 0,045% del saldo promedio mensual por cuenta (suboperación)
    • Tope máximo de la comisión € 200 por cuenta (suboperación)
  • 12 – Costos de transferencias enviadas por Sistema de Pagos Interbancarios (SPI) para clientes con actividad financiera:

 

Todos los montos
e-brou Comisión Fija Comisión variable (%) Tope cargo comisión variable
13 UI 0.15% 400 UI
Presencial (exclusivamente SEDEC) 200 UI 0.15% 400 UI

 

  • 13 - Costos por transferencias recibidas por Sistema de Pagos Interbancarios (SPI) ordenadas por clientes con actividad financiera, Participantes del SPI:

 

Aplicable a todas las transacciones mayores a U$S 10.000, € 10.000 o $ 300.000 independientemente de la localidad de destino de la cuenta en el BROU.
Moneda Componente Fijo Componente Variable Tope
Dólares/ Euros 0 0,04% U$S 50.- o su equivalente en otras monedas
Moneda Nacional 0 0,015% U$S 50.- o su equivalente en otras monedas

 

Se cobra a los participantes SPI ordenantes de transferencias, a través de sus cuentas en el BCU

 

Están exoneradas de aplicación las transferencias recibidas por concepto de pago de remuneraciones, pasividades, beneficios sociales, otras prestaciones, honorarios y otros servicios personales de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 19210 y a sus reglamentaciones correspondientes.

 

Aquellas transacciones cuyo monto aplica al cobro y con destino “cuentas recaudadoras” tendrán un costo de U$S 5 (Dólares USA cinco).

 

  • 14 - Transferencias recibidas desde el exterior.

 

Servicio Tarifa Mín. U$S Máx. U$S Excepción
Transferencias Recibidas Generales Del exterior, para acreditar en cuentas del BROU 0.4% 35 100 (1)
Transferencias Recibidas Clientes de crédito Del exterior, para acreditar en cuenta abierta 0,1% 35 - -
Transferencias Recibidas Pasividades Del Exterior para acreditar cuentas del BROU 0,7% 10 25 (1)(2)

 

Se exoneran las transferencias originadas en sucursales del BROU en el exterior y las transferencias recibidas por concepto de pago de jubilaciones o pensiones cuyo monto sea inferior a U$S 100.

 

Las exoneraciones sólo hacen referencia a las comisiones, debiéndose abonar en cualquiera de los casos los gastos correspondientes.

 

  • 15- Transferencias enviadas hacia el exterior.

 

Servicio Tarifa Mín. U$S Máx. U$S Excepción
Transferencias Enviadas Generales General 0.3% 40 300  
Transferencias Enviadas Pasividades General 0,7% 3 20 (1)

 

Se exoneran las transferencias cuyo monto de pasividades sea inferior a U$S 50, cobrándose mensaje Swift General U$S 10.

 

El monto de las transferencias debe ser mayor a U$S 100.

 

Las exoneraciones hacen referencia sólo a las comisiones, debiéndose abonar en cualquiera de los casos los gastos correspondientes.

 

  • 16 - Comisión por Movimientos en Corresponsales: Por cada movimiento realizado en un corresponsal se le cobran UI 30 (treinta unidades indexadas).
  • 17 - Tasa de interés: 0%.

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