Sociedades Agrarias

 

  • Cédula de Identidad de los integrantes de la Sociedad Agraria.
  • Constancia de domicilio (factura de luz, agua, etc.) de la sociedad y sus integrantes
  • Constancia de inscripción en el RUT
  • Estatuto o contrato social, reformas o cesión de cuotas en testimonio notarial por exhibición extendido íntegramente fojas de Papel Notarial luciendo la constancia de pago del aporte a la Caja Notarial (reposición de timbres de Montepío Notarial o comprobante de depósito) y su monto (Arts. 37 y 39 de la Ley 17.437-Art.242 del Reglamento Notarial). Si fuera otorgado en documento privado, con firmas certificadas notarialmente.
  • Constancia de inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas-Sociedades y Asociaciones Agrarias.
  • Presentar carta según tipo de Sociedad (Ver en FORMULARIOS)
  • Certificado expedido por el Registro Nacional de Personas Jurídicas, Sociedades y Asociaciones Agrarias, con una antigüedad no mayor a 15 días corridos.
  • Justificación de ingresos mediante uno de estos documentos, según franja de ingresos netos anuales:
    • Menores a USD 120.000 (Dólares USA: Ciento veinte mil) o su equivalente en otras monedas: NO se exige comprobantes o certificados de ingresos.
    • Entre USD 120.000 (Dólares USA: Ciento veinte mil) y USD 360.000 (Dólares USA: Trescientos sesenta mil) o su equivalente en otras monedas:
      • Última declaración jurada a la Dirección General Impositiva (DGI)
      • Balance del último año
      • Flujo de fondos proyectado que podrá ser elaborado por el cliente sin requerir firma profesional.
    • Superiores a USD 360.000 (Dólares USA: Trescientos sesenta mil) o su equivalente en otras monedas:
      • Última declaración jurada a la Dirección General Impositiva (DGI)
      • Balance del último año
      • Certificación de contador público indicando ingresos anuales del último período y total de activos
      • Flujo de fondos proyectado acompañado por los supuestos, elaborado por un profesional independiente con timbre profesional.

 

Eventualmente el Banco República podrá solicitar información complementaria a la justificación de ingresos presentada.

 

 

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